Estimadas y estimados colegas:
Les informamos que el resultado del acto eleccionario llevado a cabo este domingo 30 de noviembre de 2025 arrojó los siguientes resultados:
Total de votos emitidos: 1.083
Lista 1 – Psicolectivo 14: 910 ( 84 % )
Votos en blanco: 111 / Votos nulos: 62
En cumplimiento a lo normado en la Asamblea Anual Ordinaria, una vez terminado el acto eleccionario y oficializados los resultados por la Junta Electoral, se procedió a la asunción de cargos, con las y los integrantes titulares y suplentes de Consejo Directivo, por un lado, y del Tribunal de Disciplina por el otro, que quedaron conformados de la siguiente manera (click aquí).
Cordialmente
Lic. Gabriela Inés Murriello, Presidenta
Lic. Silvanna Rosaura Rivera Carbajal, Secretaria General
Los comicios se desarrollaron con total fluidez, en un clima de camaradería y, como sucede habitualmente, la jornada fue propicia para el encuentro entre colegas.
Queremos hacer mención a la excelente labor desarrollada por las y los integrantes de la Junta Electoral quienes tomaron con la responsabilidad que ameritaba el cargo el hecho de llevar adelante el proceso electoral desde un inicio. Agradecemos a la Presidenta, Ariana Parodi; la Secretaria General, Analía Yanina Silva; la Secretaria de Actas, Gladys María Irene Mari y Vocales Cynthia Lorena Nicolosi, e Iván Andrés Torrisi.
Asimismo, queremos agradecer la activa intervención de quienes fueron designados como autoridades de Mesas Electorales: Melanie Soledad Agüero, Yanina Alejandra Batalla, Federico Jose Bitschin, Anahí Corace, Nadia Belén Corso, Luciana D`Amico, Micaela Belén Enríquez, María Danila Eskinazi, Anahí Micaela Frangi, Nadia Fresca, Beatriz Isabel Giadans, Georgina Gorosito, Pablo Jorge Guerrero, Jorgelina Laura Ientilezza, Laura Virginia Lanata, Laura Cecilia Manzur, Marcela Paula Martínez Del Castillo, María Fernanda Merayo Guzmán, Mercedes Soledad Passucci, Julieta Eva Raffo, Claudia Gabriela Rondan, Brenda María Salguero, Mirta Leonor Torres, Analía Soledad Vázquez.
Recordatorio
El voto es secreto y obligatorio (Art. 35º de la Ley 10.306)
Aquellos que no ejercieran el voto sin causa justificada(*) serán pasibles de una multa de cinco unidades psicológicas (5 UP), que equivale a $19.750
(*) Excusaciones según el Art. 4º del Reglamento Electoral:
- a) tenga más de setenta (70) años de edad en la fecha de la celebración de los comicios;
- b) se encuentre imposibilitado de votar por razones de salud debidamente acreditadas;
- c) deba cumplir funciones inherentes a la profesión que impidan acercarse al domicilio donde se debe emitir el voto y/o
- d) se encuentre a más de 500 km del lugar donde deban votar y el alejamiento se base en motivos razonables.

